lunes, 10 de septiembre de 2012

Las cuentas pendientes del femicidio en Chile


7 DE MAYO 2012

Radio Coquimbo-La legislación chilena contempla sólo el llamado “femicidio privado o íntimo”, los asesinatos de mujeres que ocurren en el marco de una relación de pareja, actual o pasada, pero deja fuera un número significativo de crímenes de mujeres jóvenes y adultas cometidos por desconocidos, pololos o parejas ocasionales, y de niñas asesinadas luego de haber sido abusadas sexualmente, lo que disminuye la cifra real y muestra las insuficiencias de la ley.

María Teresa Caballero Arancibia, de 45 años, falleció el viernes 20 de abril cerca de las 17 horas mientras era atendida en el Servicio de Urgencia del Hospital de La Serena, producto del brutal ataque proporcionado con el gollete de una botella por Aurelio Fica Rubilar, de 63 años. El escenario del macabro hecho fue el interior del motel Rangui Mohana, ubicado en pleno centro de La Serena, y la causa, alegada por el imputado, la discusión generada en el marco de un supuesto encuentro sexual pagado.

Se trata de un crimen motivado claramente por la violencia de género, como reconoció la propia directora regional de Sernam, Francesa Figari, a Seminario Opinión Regional, no obstante ello, Fica Rubilar fue formalizado por homicidio y no por femicidio.

¿Por qué? Porque como explica Figari la legislación chilena contempla sólo el llamado “femicidio privado o íntimo”, esto es los asesinatos de mujeres que ocurren en el marco de una relación de pareja, actual o pasada, pero deja fuera una diversidad de situaciones en que las mujeres son asesinadas por razones asociadas a su condición de género, como es el caso de ataques sexuales, violaciones o asaltos en la vía públicas, o a manos de desconocidos, que se conocen como “femicidio público”.

Con ello en mente, cabe preguntarse qué impacto ha tenido en el país y en la región la instauración de la figura penal de femicidio, promulgada y publicada en diciembre de 2010: ¿Es suficiente? Y si no lo es, hacia donde se debe avanzar para perfeccionar la legislación…

¿Un paso adelante?
El femicidio se entiende en el mundo como la manifestación más brutal del ejercicio de poder y dominación que un hombre puede ejercer sobre una mujer.

Según cifras del Ministerio Público, en Chile desde 2007 a 2011, murieron 281 mujeres por violencia de género. Desde la entrada en vigencia del femicidio, el Sernam ha catalogado como tales 11 casos durante el 2011 y 10 en lo que va del año 2012.

Para la abogada del Programa Seguimiento Legislativo de la Corporación Humanas, Camila Maturana, el principal impacto de la Ley que en 2010 tipificó el femicidio “es de carácter simbólico, pues viene a reconocer y nombrar en su especificidad una realidad históricamente invisibilizada”.

Maturana agregó que “se trata de una respuesta parcial, no solo por la limitada conceptualización de femicidio que se incorpora al Código Penal –que lo restringe al asesinato de una mujer por parte de su pareja (cónyuge o conviviente) o ex pareja (excónyuge o exconviviente) sin considerar las relaciones de noviazgo o pololeo en que suelen presentarse importantes niveles de violencia, y otros vínculos-; sino principalmente por cuanto el abordaje penal a un problema de derechos humanos tan complejo como la violencia contra las mujeres, es reconocidamente ineficaz si no se acompaña, por ejemplo, de políticas preventivas y garantías para el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres”.

En la misma línea, se manifestó la directora ONG Activa, Gloria Requena, para quien “la figura del femicidio tiene un impacto más mediático que real, puesto que la protección a las mujeres no se incrementa por esta vía. Lo que se hace es una modificación a la figura del parricidio, señalando que cuando la víctima sea mujer se llamará femicidio, por lo tanto lo que hemos hecho es incorporar la denominación a la legislación, pero mutilándola, puesto que no todas las mujeres caben dentro de la definición, sino sólo aquellas sean o hayan sido cónyuges o convivientes del agresor”.

Para la directora regional de Sernam, el balance de la incorporación de la figura penal “es positivo” y ha significado “un gran salto”. Figari indicó que la nueva ley “amplió el abanico de acción de Sernam, permitiéndonos movilizarnos y poder resguardar de mejor manera a las mujeres, ya no sólo con el apoyo psicológico y social, sino ahora patrocinando acciones penales, querellándonos, solicitando medidas de protección, penas asociadas, y en el caso de un femicidio frustrado dándole el carácter de que había la intención de ejercer la violencia de género”.

Según la autoridad, el femicidio ha contribuido, también, “como medida de control social”, despertando conciencia en la comunidad, y advirtió que “necesitamos que se apliquen las penas más altas, para que sirvan de ejemplo a quienes allá afuera siguen aplicando violencia contra sus parejas y contra las mujeres, de que éstos crímenes no se pueden repetir”.

Figari explicó en el caso de María Teresa Caballero, si bien no se configura el delito de femicidio íntimo, “existen antecedentes claros a mano que nos permite decir que el sujeto ejerció una violencia de género”, por lo que de igual forma el Sernam se hará parte en la causa.

Hacia dónde avanzar
A principios de año, la Ministra del Sernam, Carolina Schmidt, irritó a las organizaciones que combaten la violencia intrafamiliar y feministas al destacar los buenos resultados ministeriales conseguidos, señalando que “por fin” nuestro país había terminado con “la macabra tasa de un femicidio a la semana”, y al afirmar que esto marca una “tendencia” de disminución.

Se criticó, entonces, que el Sernam registra casi exclusivamente los femicidios que consigna la ley y deja fuera un número significativo de asesinatos de mujeres jóvenes y adultas cometidos por desconocidos, pololos o parejas ocasionales, y de niñas asesinadas luego de haber sido abusadas sexualmente, lo que disminuye la cifra real y muestra las insuficiencias de la ley.

Lo peor, aseguran desde las organizaciones sociales, es que con este discurso se instala en el imaginario social que se ha resuelto el problema, cuando en realidad no ha sido atendido en su totalidad.

Para Camila Maturana, de Corporación Humanas, “se requiere, como se ha hecho en otros países, contar con una legislación integral sobre violencia contra las mujeres, que aborde esta grave violación a los derechos humanos en los diversos ámbitos en que ocurre producto de las relaciones de poder que subordinan a las mujeres”, ya que en la actualidad “se invisibilizan las múltiples formas en que las mujeres son violentadas y discriminadas en los diversos ámbitos de su vida, como en los espacios laborales, educacionales, establecimientos de salud, recintos penitenciarios, medios de comunicación e incluso por parte de las fuerzas policiales durante las manifestaciones sociales en que se ha evidenciado un patrón de violencia sexual contra las niñas y las jóvenes manifestantes”.

De acuerdo a la profesional, la legislación nacional mantiene un abordaje fragmentado de la violencia intrafamiliar. “La legislación chilena, atendiendo a los resultados visibles de la violencia y no a la relación de abuso y de poder, define la existencia de dos instituciones llamadas a conocer los hechos de violencia intrafamiliar: Tribunales de Familia o Ministerio Público; ambas instancias regidas por normas y lógicas diferentes (…) Ello importa un tratamiento no sistemático de la violencia intrafamiliar que invisibiliza la escalada de violencia que puede terminar en muerte y una total desprotección frente a otras manifestaciones de la violencia de género. Para las víctimas de violencia representa un obstáculo para el acceso a la justicia al imponérseles acudir a instancias diferentes dependiendo únicamente de si existen o no secuelas físicas, desatendiendo totalmente que para éstas la violencia que viven hace parte de una relación de poder y control”, manifestó Maturana.

Para Gloria Requena, de ONG Activa, es fundamental hacer ver “a la autoridad que todas las mujeres merecen ser protegidas por la ley y no sólo algunas, como ocurre actualmente”. A su juicio, “las deudas son múltiples, no sólo frente a la nula regulación de la violencia en el pololeo, que queda sin castigo, salvo en el caso que hayan golpes o heridas susceptibles de ser castigables bajo la figura del delito de lesiones”.

Según la abogada la precariedad de la ley se expresa también en la ineficiencia de las medidas de cautelares para proteger la integridad física y psíquica de las mujeres. “La demostración más clara es que en el 70% de los femicidios registrados en el último año, las víctimas tenían decretada en su favor medidas cautelares, las cuales no lograron impedir que fueran finalmente asesinadas por sus parejas o ex parejas”, precisó.

Requena indicó que “todo lo anterior se ve agravado por la falta de recursos para abordar estos temas. Hoy seguimos piloteando e improvisando soluciones acotadas y cortoplacistas, en vez de estar implementando políticas nacionales con recursos y cobertura suficiente”.

Guía para el femicidio
Francesca Figari destacó el reciente lanzamiento de la “Guía Operativa de Femicidio”, que describe las funciones y acciones específicas para otorgar atención especializada a las víctimas directas o indirectas de femicidio frustrado o consumado, que debe desarrollar cada una de las instituciones que tiene competencia en este tema: el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), el Servicio Nacional de Menores (Sename), el ministerio del Interior y Carabineros de Chile

La directora regional de Sernam recalcó que son tres los objetivos de este instrumento: “Primero, hacer más eficiente el mecanismo de atención integran al grupo familiar directo y los testigos del hecho de violencia; segundo, busca evitar la sobre intervención, que muchas veces tratando de apoyar se sobre satura el sistema y a la personas; y el tercero, anclado al anterior, es evitar la re victimización secundaria, los efecto psicológico que conlleva el volver a repetir el hecho traumático que es muy dañino para la victima, su familia y los niños”, dijo la funcionaria.

Para la directora ONG Activa, Gloria Requena valoró el esfuerzo por mejorar la articulación de las instituciones pública, pero aclaró que “es una actualización del protocolo de la red asistencia a víctimas de delitos violentos que ya existía desde el año 2009 y que abordaba no sólo la figura del femicidio sino todas aquellas figuras que se enmarcan en la atención de las víctimas directas o indirectas de un delito violento, por lo que desde esta perspectiva no cambia lo que ya se venía haciendo”.

Cifras en la región
Según las cifras oficiales del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), durante el año pasado se registraron en el país 11 femicidios, de ellos sólo uno de ellos tuvo lugar en la región de Coquimbo, el primero de todos, ocurrido el 23 de enero, cuando Patricio Bugueño, de 40 años, asesinó a su ex conviviente Viviana Briceño, de 26 años y luego se suicidó con la misma arma en la comuna de Illapel.

Francesca Figari, directora regional de Sernam, destacó que las cifras han ido en descenso en los últimos años. En 2008, se produjeron 3 homicidios con violencia de género; en 2009, 1; mientras que la excepción la representa el año 2010, con cuatro femicidios.

La autoridad señaló que en lo que va de este año, no se han producido en rigor ningún femicidio en la región, sólo el ya mencionado asesinato con tintes de género de María Teresa Caballero.

Figari subrayó que a nivel regional el servicio cuenta con una red para el combate de la violencia intrafamiliar con tiene 4 centros de atención para la mujer; 1 centro de atención a hombres en etapas tempranas de agresión, y una casa de acogida.

Entre las metas para este año se propone profundizar la intervención, cifrando el número de atenciones en 1.070, además de atender 300 personas en prevención, y 700 personas en capacitación.







 

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