miércoles, 12 de septiembre de 2007

Prevenir la violencia

Chile. Prevenir la violencia en la relaciones sentimentales

Isabel Fernández D.

El senador del Partido Socialista, Camilo Escalona presentó recientemente un proyecto de ley para modificar la actual ley de Violencia Intrafamiliar para que se consideren las agresiones físicas y psicológicas en las relaciones de parejas jóvenes en la etapa de enamoramiento.

Para la conmemoración del día de la mujer, el senador Escalona presentó un proyecto de ley para incluir los pololeos (etapa de enamoramiento) en la ley de violencia intrafamiliar. Hace algunos días, la Corte Suprema manifestó su postura opositora a estas modificaciones.

El 7 de marzo de 2007, el senador del Partido Socialista Camilo Escalona presentó un proyecto de ley para modificar la actual ley de Violencia Intrafamiliar n° 20.066. Con este proyecto buscaba introducir dos grandes cambios. En primer lugar ampliar quienes pueden ser víctimas de violencia intrafamiliar y en segundo lugar, que para apreciar la habitualidad de la violencia intrafamiliar, la presencia de dos episodios serán suficientes.

En la actual ley de violencia intrafamiliar pueden ser víctimas los cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes y los padres de hijos comunes aunque no haya existido convivencia. Además se incluyen por igual a los parientes tanto de los cónyuges como de los actuales convivientes, toda la ascendencia, la descendencia y colaterales hasta la relación tíos/tías, sobrinos/sobrinas, y además, cualquier otra persona que sea menor de edad, o con discapacidad que se encuentre bajo la dependencia de cualquier integrante de la familia.
Sin embargo, considerando los estudios de Detección y Análisis de la Prevalencia de la Violencia Intrafamiliar realizados durante el año 2005, donde se ha observado que este tipo de violencia se hace presente no sólo en las tipologías de relación familiar recogidas en la ley, sino que también afecta otro tipo de uniones menos estables, como lo son las relaciones de pololeo, el senador busca ampliar el espectro de víctimas que puede incluir la ley de violencia intrafamiliar. Esto tomando como ejemplo el derecho español, quien en el artículo 153 de su Código Penal, establece como sujetos protegidos no sólo aquellos respecto de los cuales existe o ha existido convivencia.

Frente al proyecto de modificación, la Comisión de Constitución pidió la opinión del máximo tribunal sobre la iniciativa. La Corte Suprema consideró “inadecuado” ampliar el concepto de violencia intrafamiliar para sancionar las agresiones entre pololos, y en un oficio firmado por el presidente de la Corte Suprema, el ministro Enrique Tapia, afirma que “la inclusión de personas que estén o hayan estado ligadas al ofensor por una relación equivalente de afectividad aún sin convivencia, no parece adecuada, pues amplía el concepto de violencia intrafamiliar a un ámbito que excede de lo que razonablemente puede estimarse como propiamente intrafamiliar”.

Agrega que “esto conllevaría la judicialización de conflictos personales de escasa relevancia jurídica, con consecuencias perjudiciales tanto para los particulares que serán arrastrados a ellos como para los tribunales que verán aumentar considerablemente su ingreso con causas de tal naturaleza”.

Así mismo, la Corte Suprema manifestó que el cambio de criterio que plantea el proyecto en relación a la habitualidad del delito de maltrato, iría en detrimento de las facultades de los tribunales. Cabe señalar que, hoy la habitualidad se determina de acuerdo al número de actos ejecutados, así como por la proximidad temporal de los mismos. Por su parte, como ya lo mencionamos, el proyecto busca que para que se establezca la habitualidad sería suficiente la existencia de más de un hecho constitutivo de violencia intrafamiliar. Según el máximo tribunal “no parece razonable el cambio de criterio para apreciar la habitualidad del delito de maltrato contenido en la actual ley, pues al establecerse que para ello bastará la existencia de más de un hecho constitutivo de violencia intrafamiliar, independiente de su proximidad temporal y de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferente víctima, se disminuyen las facultades del tribunal para determinarla, configurándose así casi una presunción legal al respecto”.

Es aquí donde se abre el debate en torno a la necesidad de incorporar medidas legales para tratar alguna problemática. Es decir, la violencia entre parejas de pololos se instala en una situación bastante distinta a aquella que se da en la violencia intrafamiliar. En ésta última, generalmente existen una serie de factores de riesgo que mantienen los episodios de violencia, factores tales como la dependencia, económica o afectiva, la existencia de hijos en común, vinculaciones legales, convivencia, etc. mientras que la violencia en el caso de los “pololeos” no se ve sostenida de la misma forma. En ésta última, los sujetos disponen de mayor libertad para detener las manifestaciones de violencia. Si se trata de situaciones de violencia física o sexual, ambos delitos ya están estipulados en el código penal, por lo tanto no es necesaria su inclusión en la ley de violencia intrafamiliar.

Sin embargo, no podemos dejar de reflexionar sobre la tendencia que existe a buscar soluciones por vía de la ley y la prohibición a los problemas sociales. Quizás en el caso de la violencia entre pololos deberíamos pensar en la prevención y en la promoción de manera sostenida más que en intentar producir una ley de violencia que lo abarque todo. Si bien han existido algunas campañas de promoción del buen trato entre los adolescentes, esta iniciativa debería ser más constante, buscando así desnormalizar las manifestaciones de violencia potenciando así los factores protectores de los mismos para apaliar el fenómeno. La mejor forma para intervenir en un fenómeno de estas caracteristicas es desarrollar y potenciar en los adolescentes la capacidad de enjuiciar la violencia y de poder por lo tanto entablar otro tipo de vinculaciones.


Editado por Mujeres Hoy.

Fuentes: Asociatividad para la acción por la no Violencia, "Los Pololeos en la Ley de Violencia Intrafamiliar", 7 mayo 2007.

1 comentario:

Carol Crisosto dijo...

lamentablemente ya van 46 muertes por femicidio y nada que las devuelva la vida.


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